La Ley de Góndolas aprobada por el Congreso argentino, establece que el 25% de los productos exhibidos para consumo deben provenir del sector agropecuario, agricultura familiar, Pymes, economía popular, cooperativas y mutuales. Análisis de los puntos clave en la legislación y cómo impacta la normativa en el sector agropecuario cooperativo en tiempos de pandemia.
Desde que rige la cuarentena social, preventiva y obligatoria, Coninagro expresó su respaldo a quienes están al frente de la lucha contra la pandemia. Trabajando para garantizar la producción y abastecimiento de productos de la cadena alimenticia, uno de los temas que inquieta a la población es el aumento de precios de algunos productos esenciales. Es decir el consumidor paga más dinero por determinado producto pero sin embargo el productor sigue recibiendo el mismo valor. Según el espíritu de la ley de góndolas, los objetivos de la misma son precisamente contribuir a la transparencia y mantener un equilibrio entre los proveedores en relación al precio y origen de los productos de primera necesidad. A través de un régimen especial se busca fomentar la oferta de productos del sector de la agricultura familiar, campesina e indígena, así como de la economía popular y los productos generados a partir de cooperativas y/o asociaciones mutuales. Al mismo tiempo, la normativa procura ampliar la oferta de los productos Pyme.
A propósito, deberá garantizarse un veinticinco por ciento (25%) del espacio disponible en góndolas para productos de similares características y diferente marca, para la exhibición de productos de empresas nacionales inscriptas en el Registro de Mipymes y/o en el RENAF, y por cooperativas o mutuales. En tanto, en las islas de exhibición y exhibidores contiguos a las cajas se deberán presentar en un cincuenta por ciento (50%) del espacio productos de empresas nacionales inscriptas en los organismos mencionados, y por cooperativas o mutuales. Así, hay que abogar por la pronta reglamentación de manera de lograr dar oportunidades a miles de productores de alimentos que necesitan urgente incrementar sus alicaídos ingresos, a la vez que los consumidores tengan más opciones y mejores precios gestados a través de mayor competencia.
“La ley es un paso hacia la consecución de un mercado más acabado del comercio interior de productos de primera necesidad y como tal, toda evolución en la dirección correcta es perfectible pero siempre es positiva. Asimismo, la ley crearía un nuevo marco de democratización de la oferta dando preferencia y protección a los eslabones más débiles de la cadena de valor y a la economía social. Por otro lado, una merituación más precisa se va poder hacer luego de la reglamentación y aplicación de la misma, pero si uno toma como punto de partida el impulso de esta legislación, el éxito de la ley de góndolas en Ecuador, podemos decir que en algunas cosas es más exigente, por ejemplo en el porcentaje de cupos, y en otras lo es menos, por ejemplo poniendo plazos más largos para los pagos” analizó Paulo Ares, abogado y dirigente cooperativista.
En este sentido, Carlos Iannizzotto, titular de Coninagro sostuvo que: “Valoramos que el espíritu de la ley y su aplicación contemple a los sectores que trabajan en pos del desarrollo local, del arraigo familiar y de una sinergia entre lo público y lo privado. No obstante, hay casos que están un poco difusos, entendemos que la autoridad de aplicación para cumplir el objetivo de mayor transparencia debiera establecer diferentes isologos según cada tipo de producto, por ejemplo “Compre MiPyME”, “Compre agricultura familiar, campesina e indígena”, “Compre economía popular” y Compre Economía Social” y para productos de cooperativas y mutuales, “Compre cooperativo” y “compre mutual”, por caso. “Lo importante sería transparentar el derecho a la información del usuario y eventual cliente. Pensando en achicar la brecha productor-consumidor, se podría pensar en que la reglamentación favorezca la compra directa a productores o cooperativas, minimizando o restringiendo los intermediarios”, describió el dirigente.
“Desde la mirada sectorial, no deja de ser prometedor para el sector cooperativo la posibilidad de un cupo en las góndolas de los grandes cadenas de supermercados. La diversificación de la oferta puede ayudar a contener la inflación”, sostuvo Iannizzotto
Finalmente, según la ley aprobada por el cuerpo parlamentario, se establece que de lo recaudado con las multas a infractores de la ley de góndolas serán asignados en un 70% para el fomento publicitario del compre alimentos nacionales bajo esta ley, un 50% en medios de comunicación masivos y el otro 50% en medios de comunicación pymes y cooperativos; un 25% a un fondo de desarrollo del sector de la agricultura familiar, economía popular, cooperativas y mutuales, vía créditos a tasa variable según la inflación más costos administrativos del Banco Nación y un 5% para el funcionamiento del Observatorio de la Cadena de Valor.
Foto: El Economista