SE REALIZÓ REUNIÓN COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS

Abr 11, 2018

El 26 de enero se reunió la Comisión Nacional de emergencia y Desastre Agropecuario (CNEyDA), presidida por el Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca Sr. D. Norberto Gustavo YAUHAR.
      En la misma estuvieron presentes el secretario de Relaciones Institucionales Haroldo Lebed, integrantes de la secretaría técnica de la CNEyDA, el presidente del INTA, Carlos Casamiquela, representantes de organismos nacionales tales como Ministerio del Interior, Servicio Meteorológico Nacional, Banco de la Nación Argentina, Banco Central, AFIP, Ministerio de Economía, representantes de las entidades agropecuarias; por FAA, Eduardo Buzzi y Julio Curras, por CRA, Rubén Ferrero y José Basualdo, por SRA, Hugo Luis Biolcati, Alejandro Delfino, Ernesto Ambrosetti y Daniel Pelegrina y por Coninagro, Carlos Garetto, Marco Giraudo y Daniel Asseff. A su vez participaron representantes provinciales de las provincias de Buenos Aires, San Juan, Entre Ríos, Córdoba y Santa Fé.
      En el comienzo de la reunión, el Sr. Lebed solicitó a los representantes provinciales que informen acerca de sus respectivas situaciones de emergencia por las que vienen a solicitar la declaración nacional. Luego de los informes de cada representante se estableció por unanimidad que sean declaradas en estado de emergencia o desastre agropecuario algunas zonas de la provincia de Buenos
      Aires, Córdoba, entre Ríos, Santa Fé y San Juan.
      Seguidamente los representantes del INTA presentaron el informe “Influencia climática sobre la producción agropecuaria en la campaña 2011-2012” que se ha elaborado con fecha 25 de enero de 2012, y que se encuentra disponible en la página web del INTA. El presidente del Instituto Carlos CASAMIQUELA manifiesto se efectuará un monitoreo permanente, por lo tanto se actualizará periódicamente.
      Ante el requerimiento de los representantes de las entidades de productores agropecuarios el señor Ministro Yauhar expresó que se está trabajando activamente en las ayudas a brindar en el orden nacional, señala que además de contar con los 500 millones del Fondo de Emergencia de la Ley 26.509, se establecerá una línea de crédito de 1.500 millones, a través del Banco de la Nación Argentina, con una tasa subsidiada del 8%,con período de gracia y plazos adecuados.
      A su vez, Yauhar comunico que el Banco de Provincia de Buenos Aires aportará 800 millones más de fondeo, para establecer líneas de crédito. Dejando en claro que habrá que llegar con ayuda directa del Ministerio a los productores afectados que no tengan acceso al crédito y que se acordará con los gobiernos provinciales los diferentes medios de asistencia.
      El presidente de Coninagro, Carlos Garetto consultó sobre la posibilidad de canalizar la asistencia a través de las cooperativas para los productores asociados, a lo que el Ministro Yauhar le respondió que es posible que se analice en conjunto.
      Por otra parte, el representante de la AFIP, en relación a un requerimiento realizado por la comisión de enlace con respecto a los intereses aplicables a las prórrogas a los productores en emergencia que le fuera formulado en la reunión anterior, indica que no se le aplicará interés alguno tal como que se encuentra actualmente normado y requirió que los productores declarados en emergencia se presenten ante las oficinas de AFIP con el certificado para poder acelerar los trámites.
      Como conclusión a esta reunión, Marco Giraudo uno de los representantes de Coninagro presentes, destacó el compromiso del Ministro de crear una mesa política, donde “podremos tratar temas referente a la problemática agropecuaria fuera del marco de la emergencia, como por ejemplo carga tributaria”.
      
      
      
      
      Adjunto archivo de los partidos declarados en las diferentes provincias
      
      La Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del Anexo del Decreto Nº 1.712/09, recomienda al Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, que:
      
      1.- PROVINCIA DE BUENOS AIRES:
      a) Decreto Provincial N° 19 del 20 de enero de 2012
      
      a.1) Declárase el estado de emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, a las explotaciones rurales afectadas por lluvias intensas y vientos huracanados, para las circunscripciones II, V y X del partido de Chacabuco, por el período 08/11/11 al 31/03/12.
      a.2) Declárase el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a las explotaciones rurales afectadas por sequía de los partidos de Florentino Ameghino, General Pinto y General Villegas, por el período 01/01/12 al 30/06/12.
      
      b) Decreto Provincial N° 20 del 20 de enero de 2012:
      Declárase el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a las explotaciones rurales afectadas por sequía del Partido de Saavedra, por el período 1/07/11 al 31/12/11.
      
      c) Aprobar una vez firmado el decreto en trámite que incluye lo aprobado en la reunión de emergencia agropecuaria provincial del 18/01/12:
      
      c.1) Declárase el estado de emergencia agropecuaria a las explotaciones rurales afectadas por sequía de los Partidos de Alberti, Bragado, Carlos Tejedor, Colón, Daireaux, General Belgrano, Hipólito Yrigoyen, Junín, Guaminí, Lobos, Nueve de Julio, Pellegrini, Pergamino, Rojas, Salliqueló, Saavedra, Salto y para las circunscripciones IX, X, XI y XII del partido de Veinticinco de Mayo, por el período 01/01/12 al 30/06/12.
      c.2) Declárase el estado de emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, a las explotaciones rurales afectadas por sequía de los partidos de Chascomús, L. N. Alem, General Paz, Rivadavia, Saladillo y Veinticinco de Mayo, excepto las circunscripciones IX, X, XI y XII de este último partido,por el período 01/01/12 al 30/06/12.
      c.3) Prorrógase el estado de emergencia agropecuaria para las parcelas rurales afectadas por sequía del Partido de General Madariaga, por el período 01/07/11 al 30/06/12.
      c.4.) Prorrógase el estado de emergencia agropecuaria para las parcelas rurales afectadas por sequía del Partido de Tordillo, para el período 01/01/12 al 30/06/12.
      d) A los efectos de la aplicación de los beneficios establecidos en los artículos 22° y 23° de la Ley 26.509, se determina como fecha de finalización del actual ciclo productivo para las actividades comprendidas en:
      
      d.1) Decreto Provincial N° 19 del 20 de enero de 2012
      Artículo 1: hasta el 31/12/2012
      Artículo 2: hasta el 31/12/2012
      
      d.2.) – Decreto Provincial N° 20 del 20 de enero de 2012: 31/12/12
      
      d.3) Decreto en trámite relacionado con la reunión de emergencia agropecuaria provincial del 18/01/12: todas las actividades hasta el 31/12/2012
      
      
      
      
      
      2.- PROVINCIA DE CÓRDOBA:
      2. a.- Decreto Provincial N° 22 de fecha 20 de enero de 2012:
      a) Declarase a partir del 10/01/12 y hasta el 09/07/12, en estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a los productores agropecuarios afectados por tormentas de viento, lluvia y granizo durante el período comprendido entre los meses de septiembre y diciembre de 2011 y productores agropecuarios afectados por sequía durante el ciclo productivo 2011/2012 que desarrollan su actividad en los departamentos y pedanías que se enumeran a continuación:
      
      DEPARTAMENTO PEDANÍAS
      Juárez Célman Ucacha
      Colón Colonia Caroya y Colonia Vicente Agüero
      General San Martín La Laguna y Etruria
      General San Martín Tío Pujio
      Río Primero Villa Fontana
      Río Segundo Pozo del Molle
      San Justo La Tordilla y Toro Pujio
      Tercero Arriba Hernando
      Unión Morrison
      Marcos Juárez Saira y Arias
      Presidente Roque Sáenz Peña Vivero
      San Justo Alicia y El Fortín
      
      
      b) Declarárase en estado de emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 10/01/12 y hasta el 09/07/12, a los productores agropecuarios afectados por sequía durante el ciclo productivo 2011/2012 que desarrollan su actividad en los departamentos y pedanías que se enumeran a continuación:
      
      DEPARTAMENTO PEDANÍAS
      Calamuchita Cañada de Álvarez, Río de los Sauces y Monsalvo
      Capital Capital
      General Roca Italó, Jagüeles, El Cuero, Necochea y Sarmiento
      General San Martín. Algodón, Mojarras y Yucat.
      Juárez Celman. La Carlota, Chucul y Reducción.
      Río Cuarto. Achiras, San Bartolomé, Peñas, Río Cuarto, La Cautiva y Tres de Febrero
      Río Primero Timón Cruz.
      Río Segundo Calchín.
      Presidente Roque Sáenz Peña Amarga, Independencia y San Martín.
      
      San Justo Concepción, Arroyito y Sacanta.
      
      Tercero Arriba Salto, Zorros y Punta del Agua.
      
      Unión Litín y Loboy.
      
      2.c.- A los efectos de la aplicación de los beneficios establecidos en los artículos 22° y 23° de la Ley 26.509, se determina como fecha de finalización del actual ciclo productivo el 31/12/2012.
      
      
      
      
      3.- PROVINCIA DE ENTRE RÍOS
      3.a.- Decreto Provincial N° 76 de fecha 25 de enero de 2012: declárase en estado de emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 25 de enero de 2012 y hasta el 31 de julio del 2012 a los productores de maíz afectados por sequía.
      3. b.- A los efectos de la aplicación de los beneficios establecidos en los artículos 22° y 23° de la Ley 26.509, se determina como fecha de finalización del actual ciclo productivo el 31/12/2012.
      
      4.- PROVINCIA DE SANTA FÉ
      4..a.- Decreto Provincial N° 133 de fecha 16 de enero de 2012: Declárase en situación de emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de enero de 2012 y hasta el 30 de junio de 2012 a las explotaciones agropecuarias afectadas por sequía ubicadas en los Departamentos 9 de Julio, Vera, General Obligado, San Cristóbal y General López.
      4.b.- A los efectos de la aplicación de los beneficios establecidos en los artículos 22° y 23° de la Ley 26.509, se determina como fecha de finalización del actual ciclo productivo el 31/12/2012.
      
      5.- PROVINCIA DE SAN JUAN
      5.a.-Decreto N° 38 de fecha 23 de enero de 2012: Declárase en estado de emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 01/01/12 y hasta el 31/05/13, a las explotaciones agropecuarias afectadas en el Distrito Cochagual del Departamento Sarmiento; en los Distritos Tupelí, Casuarinas, Camarico y Punta del Agua del Departamento 25 de Mayo; en los Distritos Pozo de Algarrobos, Los Médanos y Caucete Centro del Departamento Caucete; en las localidades El Fical y El Rincón del Departamento Jáchal y en la localidad de Barreal del Departamento Calingasta por la ocurrencia de granizo y aluviones en los cultivos de vid, olivo, membrillos, ciruelas, nogales, frutales en general y en chacras de melones, sandías, zapallos, berenjenas, tomates, cebollas, ajos, pimientos, hortalizas en general.
      4.b.- A los efectos de la aplicación de los beneficios establecidos en los artículos 22° y 23° de la Ley 26.509, se determina como fecha de finalización del actual ciclo productivo el 31/05/2013.